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LABOR POWER OF ATTORNEY AWARDED BY THE UNION



CARTA PODER LABORAL OTORGADA POR EL SINDICATO - LABOR POWER OF ATTORNEY AWARDED BY THE UNION


Por la presente confiero a los se�ores licenciados [Attorneys' Names / Nombres de Licenciados] poder amplio, cumplido y bastante para que en nombre y representaci�n del sindicato denominado [Union Name / Nombre del Sindicato], comparezcan ante la Junta mencionada, dentro del [Filing Number / N�mero del Expediente] expediente respectivo y de modo conjunto o indistinto y sin limitaci�n de poder alguno, prosigan toda la secuela procesal hasta su fin. Lo anterior en t�rminos de LEY DEL TRABAJO. Otorg�ndole este poder en mi car�cter de [Position Description / Descripci�n de la Posici�n] de la mencionada organizaci�n sindical, como lo acredito con la toma de nota certificada que acompa�o del registro correspondiente de la directiva sindical, y con las facultades necesarias para otorgar poderes, seg�n consta en la cl�usula [Clause Number / N�mero de clausula] de los estatutos sindicales al tenor de la Ley Laboral.

Asimismo, de modo enunciativo y no limitativo para que contesten las demandas y reconvenciones que se entablen en nuestra contra, opongan excepciones dilatorias y perentorias, rindan toda clase de pruebas, reconozcan firmas y documentos, redarguyan de falsos a los que se presenten por la contraria, presenten testigos, vean protestar a los de la contraria y los repregunten y tachen, articulen y absuelvan posiciones, recusen juntas u otras autoridades, oigan sentencias interlocutorias y la laudos, consientan de los favorables, apelen, interpongan el recurso de amparo o ejerciten cualquier otra acci�n y se desistan de las que interpongan, pidan aclaraci�n de laudos, ejecuten, embarguen y nos representen en los embargos que contra mi representado, pidan el remate de los bienes embargados en nuestro favor; nombren peritos y recusen a los de la contraria, asistan a almonedas, negocien este juicio, perciban dinero o valores y otorguen recibos y cartas de pago, sometan el presente juicio a la decisi�n de jueces �rbitros y arbitradores, gestionen el otorgamiento de garant�as, y en fin, para que promuevan todos los recursos que favorezcan nuestros derechos as� como para que deleguen este poder sin abdicarlo, rescindan contratos de trabajo y cualquier otro acto incluyendo los de estricto dominio, y ante cualquier otra autoridad diferente de la mencionada, ratificando desde hay todo lo que hagan sobre este particular. En la inteligencia de que este poder se entiende conferido para demandar todas las acciones principal es y accesorias que correspondan, aunque aqu� no se expresen, al tenor de la LEY LABORAL.

EN [Document's City / Ciudad del Documento] EL [Document's Date / Fecha del Documento].

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